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Articulo e g.- convocatoria.
La Junta General serà convocada por el órgano de administraciôn mediante carla certificada, con acuse de recibo, dirigida al domicilio del socio que éste hubiese designado para tal fin, y en su defecto, en el que conste en el correspondiente Libra Registro de Socios; expresândose en ella, eT cargo de la persona o personas que la realicen ta convoCatoria, el de la sociedad, los asuntos objeto de de)ibsraciôn, el dia y la hora de la reunión que doberá cslebrarse en ed domicilio social y cuantas menciones obligatorias exijan las disposiciones vigentes en relación oon los temas a tratar.
Estas comunicaciones o çitaciones individuales deberán cursarse de forma que, entre la. fecha de la.demitida al último socio asf convocado y la fijada para Ta celebración de Ta Junta, medie un plaza de, aJ menos, quince días. Si entre íos asuntos a tratar, se incluyeran los relativos a fusión o escisión de ta sociedad, el plaza será de treinta dias.
Si atguno o algunos de los socios residem en el extranjero, serãn convocados en la forma precitada úntcamente cuando hubieren designado un Iugar del temtorio nacional para la práctica de las notificaciones; lo que deberán cumplimentar en el momento de realizar la adquisición de sus participaciones. Cuando la residencia en el extranjero se hubiese fijado con posterioridad al momento de la adquisición de las paNicipaciones, la comunicaciôn deberá
^ efectuarse mediante escrito, por correo Certificado con acuse de recibo, dirigido al Órgano de administraciôn. Entre la convocatona y la fecha prevista para la celebración de la reunión, deberá existir un plazo de, al menos, quince dias.
Convocatoria de Juntas. Estatuto de Sociedad Limitada Laboral. Caso Real. Murcia. Actividades deportivas
Añadir al comparador| Comunidad Autónoma | Murcia |
|---|---|
| Estatuto Completo | No |
| Provincia | Murcia |
| Tipo de ejemplo | Caso real |
| Tipo de Sociedad Laboral | Sociedad Limitada Laboral |
| Tipo de Cláusula | Convocatoria de Juntas |
