ARTÍCULO 24º.- El Órgano de Administración deberá formular, durante los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, las Cuentas Anuales, el Informe de Gestión y la propuesta de Aplicación del Resultado, así como cualquier otra documentación que exigiera la normativa vigente. Esta documentación, que, en su caso, deberá ser revisada e informada por los Auditores de la Sociedad, será presentada para su aprobación en la Junta General, por lo que deberá ser puesta a disposición de los socios desde la fecha de la convocatoria y, necesariamente, quince días antes, como mínimo, de su celebración.
Balance y Aplicación del Resultado. Estatutos de responsabilidad limitada laboral. Modelo genérico. País Vasco. Objeto social general
Añadir al comparadorComunidad Autónoma | País Vasco |
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Provincia | Álava, Guipúzcoa, Vizcaya |
Objeto Social | _Para cualquier objeto |
Estatuto Completo | No |
Tipo de ejemplo | Modelo genérico |
Tipo de Sociedad Laboral | Sociedad Limitada Laboral |
Tipo de Cláusula | Balance y Aplicación del Resultado |